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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0645/2009
Fecha: 2009-12-16
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ MOLINA ADELAIDA S/ SUMARISIMO
Descripción: DECRETO DE REBELDIA
EXPTE Nº 0645/2009
CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ MOLINA ADELAIDA S/ SUMARISIMO
Viedma, diciembre de 2009.-
Conforme lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en autos e informando en este acto la Actuaria encontrarse vencido el término acordado a la accionada para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía, en consecuencia, haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial, declárase rebelde en juicio a la demandada Adelaida Molina.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro