Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0645/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-12-16

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ MOLINA ADELAIDA S/ SUMARISIMO

Descripción: DECRETO DE REBELDIA

EXPTE Nº 0645/2009

CARATULA: TARJETA NARANJA S.A. C/ MOLINA ADELAIDA S/ SUMARISIMO

Viedma, diciembre de 2009.-

Conforme lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en autos e informando en este acto la Actuaria encontrarse vencido el término acordado a la accionada para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía, en consecuencia, haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial, declárase rebelde en juicio a la demandada Adelaida Molina.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro