include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39593
Fecha: 2009-12-15
Carátula: SARITZU Lucia S/ Sucesión
Descripción: RESOLUCION- a protocolo
General Roca, 15 de diciembre de 2009.-
AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria en estos autos caratulados: "SARITZU LUCIA S/SUCESION" (EXPTE.N° 39593-III-09).-
CONSIDERANDO: Que se tramita el presente sucesorio por fallecimiento de LUCIA SARITZU ocurrido el día 24 de septiembre de 2007 en General Roca, Río Negro, según constancias de fs. 4, de estado civil viuda de Isaias Garcia Bethencourt, con quien contrajo matrimonio el 10 de enero de 1944 en General Roca, Rio Negro, lo que se acredita con el certificado de matrimonio de fs. 3.
Isaias García Bethencourt falleció el 7 de junio de 1974, lo que se acredita con el certificado de defuncion de fs. 2 que obra en la sucesion que corre agregada por cuerda "GARCIA BETHENCOURT ISAIAS S/SUCESION" (Expte. 11.194-III) en trámite por ante este Juzgado Civil Tres, Secretaría Unica.-
De la unión de la causante con Garcia Bethencourt Isaias nacieron:
OLGA RAQUEL: Nacida el 6 de diciembre de 1944 en General Roca, provincia de Rio Negro, lo que se acredita con el certificado de nacimiento de fs. 7.-
HUGO WALTER: Nacido el 10 de enero de 1955 en General Roca, Provincia de Rio Negro lo que se acredita con el certificado de nacimiento de fs.8.-
A fs. 10 se declara competente el Tribunal para entender en el presente sucesorio y se tiene por iniciado el juicio.-
A fs. 12 y 13, obran oficios librados a los Registros Públicos de Juicios Universales y de Testamentos, de los que surge que, a nombre de la causante, no se inició trámite ni se registró disposición testamentaria alguna.-
A fs. 14/22 lucen agregados periódicos y recibos que acreditan la corrrespondiente publicación edictual, sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la Actuaria, informando, asimismo que no se presentaron más interesados ni herederos que los precedentemente indicados.-
Por lo expuesto y lo dispuesto por el art. 3565 del C. Civil y 699 y 700 del C.P.C.,
RESUELVO: Declarar en cuanto ha lugar por derecho, que por fallecimiento de LUCIA SARITZU, le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos: OLGA RAQUEL Y HUGO WALTER, de apellidos: GARCIA SARITZU.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro