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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0081/2005
Fecha: 2005-11-04
Carátula: CREDIL S.R.L. C/ PROST OSCAR GUILLERMO S/ EJECUTIVO
Descripción: AMPLIACION EMBARGO SUELDO
EXPTE. Nº: 0081/2005.-
CARATULA: "CREDIL S.R.L. C/ PROST OSCAR GUILLERMO S/ EJECUTIVO".-
Viedma, noviembre de 2.005.-
Atento el estado de autos, en especial el embargo ordenado a fs. 8 vlta y el informe obrante a fs. 58/60, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, OSCAR GUILLERMO PROST como empleado de la Municipalidad de Viedma hasta cubrir la suma de 311,87 en concepto de ampliación de embargo, con más la suma de $ 250 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del Sr. Juez y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-
Líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Cristian E. Mildenberger y a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta la suma de $ 311,87 debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-
s.b.s.
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro