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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0263/2004
Fecha: 2005-11-04
Carátula: BEDETTI DANIEL ROBERTO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CLAUSURA
EXPTE. Nº 0263/2004.-
CARATULA: BEDETTI DANIEL ROBERTO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO.-
Viedma, noviembre de 2005.-
Provendo a fs. 318:
Tiénese presente el desistimiento formulado.-
Proveyendo a fs. 319:
Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
e.z.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA:
Documental: Tiénese presente.-
Documental en poder de la demandada: Obrante a fs. 265/272.-
Informativa: De la Legislatura de la Provincia de Río Negro, a fs. 246/263.-
Pericia: Informe pericial a fs. 294/305, observaciones de la demandada a fs. 310/311, contestación del perito a fs. 314.-
PARTE DEMANDADA:
Documental: Tiénese presente.-
Informativa: Del Banco Hipotecario S.A., desistida a fs. 318.-
Pericia: Informe pericial a fs. 294/305, observaciones de la demandada a fs. 310/311, contestación del perito a fs. 314.-
SECRETARIA, noviembre de 2005.-
e.z
Viedma, noviembre de 2005.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C. Pr.. Notifíquese.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro