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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0287/2008
Fecha: 2009-12-14
Carátula: MULLALLY MIGUEL C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: EMBARGO MUEBLES
EXPTE. Nº 0287/2008
CARATULA: MULLALLY MIGUEL C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Viedma, diciembre de 2009.-
Agréguese.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado TOMAS ARMANDO REBORA, hasta cubrir la suma de $ 10.352,11 en concepto de honorarios de sentencia, descontados los pagos efectuados, con más la suma de $ 4.000 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese mandamiento. Tiénese presente las personas autorizadas para el diligenciamiento del mismo.-
Sin perjuicio de ello dése cumplimiento con lo ordenado a fs. 163, último párrafo.-
e.z
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro