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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0824/2009
Fecha: 2009-12-11
Carátula: NAVONE CINTIA DEL CARMEN C/ COLUSSI HNOS. S.A. COM. IND. Y FIN. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Descripción: no hace lugar publicación edictos
EXPTE. N° 0824/2009
CARATULA: NAVONE CINTIA DEL CARMEN C/ COLUSSI HNOS. S.A. COM. IND. Y FIN. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Viedma, diciembre de 2009.-
Agréguese.-
No dándose los supuestos del art. 145 del C.Pr., ello por cuanto la demandada resulta ser persona jurídica, no siendo procedente a su respeto la notificación por edictos, a lo peticionado no ha lugar.-
En consecuencia acredítese en autos el domicilio legal de la demandada.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro