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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38171
Fecha: 2009-12-11
Carátula: CREDIL S.R.L. c/VARGAS Jorge Luis S/ Ejecutivo
Descripción: regulacion x acrecidos y complementarios.-
//neral Roca, 11 de Diciembre de 2009.-
Atento el estado de autos, regulo los honorarios profesionales de la DRA. MARCELA ADRIANA SAITTA -por acrecidos- en la suma de $ 230.- MB:$ 3.750,22 extracciones realizadas en autos.- (arts.6, 6 bis, 7 y 40 Ley 2212 RN).-
Regulo los honorarios de la Dra. MARCELA ADRIANA SAITTA - por complementarios- en la suma de $ 337.-MB: 2.672,41.- suma de los intereses sobre el capital calculados a fs.39 y 109 en las planillas de liquidación practicadas.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro