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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39880
Fecha: 2009-12-07
Carátula: CAÑAMERO Marisa Lucía c/BRIZZIO Evangelina Evelin y Otro S/ Ordinario
Descripción: Previo
//neral Roca, 07 de diciembre de 2009.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Previo a todo y en virtud de lo dispuesto por el art. 20 de la Ley 3847, las partes deberán acompañar las constancias del resultado de la mediación conjuntamente con la demanda. Al efecto se deberá presentar el formulario N* 5 (agotamiento de la instancia de mediación), confeccionado por el mediador.-
Deposítese en caja fuerte la documental acompañada.-
Se hace saber que la documental de fs. 40 y vta. son fotocopias simples.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: de haberse depositado documental de fs. 32/38, dejándose constancia que la de fs. 33 es un CD. Conste.-
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Poder Judicial de Río Negro