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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33379III
Fecha: 2009-12-07
Carátula: BANCO DE LA PAMPA c/LAVAYEN Carlos A. y otro S/ Ejecutivo
Descripción: regulación por acrecidos.-
//neral Roca, 07 de Diciembre de 2009.-
Al punto I, téngase presente el arreglo extrajudicial denunciado.-
Al punto II, regulo los honorarios profesionales del DR. LUIS GUSTAVO ARIAS -por acrecidos - en la suma de $ 620 MB:$ 11.000 monto del arreglo extrajudicial- arts. 6, 6 bis, 7 y 40 Ley 2212 RN.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro