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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15426-208-09
Fecha: 2009-12-07
Carátula: FALCIGLIA JULIO CESAR / S/ CONCURSO PREVENTIVO S/INCIDENTE S/QUEJA
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15426-208-09
Tomo:
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 07 DE DICIEMBRE DE 2009
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “FALCIGLIA JULIO
CESAR s/ CONCURSO PREVENTIVO s/ INCIDENTE s/ QUEJA”,
expte. nro. 15426-208-2009 (reg.cám), luego de haberse
impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J.
Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y
discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual
certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario como medida para mejor
proveer, tener a la vista las actuaciones principales.
Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y
COMERCIAL;
RESUELVE:
1ro.) Requerir al juzgado correspondiente, como
medida para mejor proveer, la causa principal.
2do.) Oficiar. Confección y diligenciamiento a cargo
del recurrente.-
3ro.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí
decidido.-
c.t.
Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
Angela Alba Posse
Secretaria de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro