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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39849
Fecha: 2009-12-04
Carátula: AGUILERA Ramón Ismael c/PARRA Victor y otros S/ Ordinario
Descripción: INICIO
NOTA: Se deja constancia que por ante este Juzgado Civil TRES, Secretaría Unica, tramitan los autos caratulados: "AGUILERA RAMON ISMAEL S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" (Expte. N* 38.076-III-07).-
Secretaría, 4 de diciembre de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 4 de diciembre de 2009.s-
Por presentado, parte y con domicilio.-
De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de QUINCE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C.. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
No encontrándose la documentación acompañada comprendida dentro de lo dispuesto por el art. 121 del CPC, a la eximición solicitada, no ha lugar.-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación de fs. 36/106.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro