Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15442-214-09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-12-04

Carátula: QUETRIHUE SA / S/ CONCURSO PREVENTIVO S/INCIDENTE DE APELACION

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15442-214-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 04 DE DICIEMBRE DE 2009

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “QUETRIHUE S.A. s/

CONCURSO PREVENTIVO s/ INCIDENTE DE APELACION”, expte.

nro. 15442-214-2009 (reg.cám), luego de haberse impuesto

individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi,

Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la

temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la

Actuaria-;

- - -Y CONSIDERANDO:

A fin de evaluar las tareas en virtud de las cuales

se solicitó regulación de honorarios

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) requerir del Juzgado de Ia. Instancia n°

5 en lo Civil y Comercial, la remisión de la causa

principal ad effectum videndi et probandi; a cuyo fin:

ofíciese. Confección y diligenciamiento del oficio, a

cargo del recurrente.

2do.) Notificar, registrar y protocolizar lo

aquí decidido, disponiendo que oportunamente se practique

nuevo cómputo de plazos.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Angela Alba Posse

Secretaria de Cámara

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