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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 25391III
Fecha: 2009-12-03
Carátula: CUMELEN S.A. S/ Quiebra
Descripción: Previo//Not. x sec.
//neral Roca, 03 de diciembre de 2009.-
Atento los informes de fs. 1501, 1520 y 1524 y a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 576 del CPC, líbrense oficios a la Municipalidad de Villa Regina y a la Dirección Gral. Rentas a fin de que se informe sobre las deudas de los inmuebles así como las valuaciones fiscales.-
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de trabar embargo sobre los bienes NC 06-1-B-564-10, 06-1-B-564-11 Y 06-1-B-564-12 y anotar la inhibición general de la fallida para vender y/o gravar sus bienes, conforme lo dispuesto por el art. 88 LCQ y 576 del CPC.-
Atento los informes agregados y el estado de autos, hágase saber al Enajenador actuante que deberá cumplimentar con las medidas ordenadas para la realización de los bienes a nombre de la fallida.-
Líbrese mandamiento de constatación a diligenciar por el Sr. Enajenador.-
Notifíquese por Secretaría.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro