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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 30546IV
Fecha: 2009-12-02
Carátula: CATALAN Juan C. c/PROVINCIA RIO NEGRO S/ Daños y Perjuicios
Descripción: se ordena oficio Bco.Patagonia.Vista a Caja .-
//neral Roca, 02 de Dicidiembre de 2009.-
Proveyendo el escrito de fs.709,al punto I y II, téngase presente lo manifestado y atento el estado de autos,trábese embargo sobre el bien denunciado, a cuyo fín líbrese oficio al Banco Patagonia SA a fín de que embarguen el 20% de las sumas que ingresen en la cuentas de Rentas Generales sin destino específico que tenga la PROVINCIA DE RIO NEGRO hasta cubrir las sumas $ 35.418,85 que se reclaman en concepto de capital (planilla de liquidación aprobada a fs. 700 al 30/08/2009 menos extracciones realizadas $ 83.365,32) con mas la suma de $ 10.600.- que se presuponen provisoriamente para intereses y costas y los deposite en la cuenta de autos a la orden del Tribunal en el Banco Patagonia SA sucursal General Roca.-
Oportunamente, notifíquese al ejecutado el embargo precedentemente ordenado.-
Proveyendo el escrito de fs. 713, agréguese y de las boletas de aportes acompañadas, VISTA A LA CAJA FORENSE.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro