Proveído

Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 23145/08

N° Receptoría:

Fecha: 2009-12-01

Carátula: REBORA, TOMAS ARMANDO S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD (Ley 4336)

Descripción: cit.Sec.de Cultura Nac.of.céd..-

Expte.Nº 23145/08-STJ-

Señor Presidente:

-----Atento la documental obrante a fs. 204/210, y teniendo en consideración que el art. 1º de la ley Nº 12.665 –Creación de la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos- establece la Superintendencia de dicha Comisión en concurrencia con las respectivas autoridades cuando se trata de Muesos, Monumentos y Lugares Históricos provinciales o municipales; sumado a que el Decreto Nº 325/89, dispone ratificar la Resolución S.C.Nº 1901 del 17/11/86, por la cual se declaró Lugar Histórico la Plaza Adolfo Alsina, en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, y Monumento Histórico en la citada ciudad al conjunto edilicio formado por la Iglesia Catedral, la ex Capilla del Colegio María Auxiliadora, el ex Colegio San Francisco de sales, y el Obispado, y estando comprendido el inmueble individualizado como 18-1-A-247-12B (MAT. 18-15358, PLANO 399/92) en la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación por su carácter de Monumento Histórico (cf. art. 1º de la Ley provincial N 4336), peticiono se cite la Secretaría de Cultura de la Nación (sita en Av. Alvear 1690 C1014AAQ de la ciudad Autónoma de Buenos Aires) a estar a derecho en la presente causa, corriéndosele el respectivo traslado con copia de la demanda, su contestación y dictamen de la Procuradora General.- -

Vocalía, 25 de noviembre de 2009.

Fdo.VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ

Expte.Nº 23145/08-STJ-

///MA, 30 de noviembre de 2.009.-

-----Acorde lo solicitado por el señor Juez de Primer voto, cítese la Secretaría de Cultura de la Nación a estar a derecho en la presente causa en el término de cinco (5) días, con más la ampliación diez (10) días de en razón de la distancia (art.158 CPCyC), adjuntándose copia de la demanda, su contestación, dictamen de la Procuradora General y documental de fs.204/210.-

Notifíquese por cédula, con diligencia de oficio por Secretaría.-

Fdo.:LUIS LUTZ PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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