Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0709/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-12-01

Carátula: ROBAINA RICARDO C/ OCAMPO VELEZ ORLANDO Y OTRA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: contesta - no se tienen en cuenta manifesta. - AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 C.Pr . ORD. -Nueva

EXPTE. N° 0709/2009

CARATULA: ROBAINA RICARDO C/ OCAMPO VELEZ ORLANDO Y OTRA S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, diciembre de 2009.-

Por contestado el traslado conferido.-

Hágase saber que toda vez que el traslado conferido a fs. 35 es sólo con respecto a la documental acompañada, no se tendrán en cuenta las manifestaciones vertidas en el punto II ("Negamos:") efectuadas a fs. 38 y vta. y se tendrán por no escritas, dejando debida constancia de ello.-

Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 11 de MARZO de 2.010 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..-

De conformidad con lo dispuesto en el art. 360 del C.Pr., las partes deberán ofrecer la prueba hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia preliminar.

Notifíquese por Secretaría.-

Rosana Calvetti

Juez

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