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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 20614/05
Fecha: 2005-11-03
Carátula: INGENIERIA Y SERVICIOS BARILOCHE S.A. S/Queja en "CEB C/EPRE S/RECURSO DIRECTO" S/ QUEJA
Descripción: intimación
Expte.N* 20614/05-STJ-
///MA, 3 de noviembre de 2005.-
Por presentados y por constituído domicilio legal.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Exitiendo diferencia entre la personería invocada en el recurso de queja deducido y las partes del proceso principal, intímase a los presentantes para que en el término de tres (3) días subsanen dicha anomalía, bajo apercibinieto de ley (art.118 CPCC).-
Fdo.ALBERTO I.BALLADINI PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
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Poder Judicial de Río Negro