Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37249

N° Receptoría:

Fecha: 2009-12-01

Carátula: PROVINCIA RIO NEGRO c/DIAZ Héctor D. y otro S/ Desalojo

Descripción: a defensoria en turno

General Roca, 01 de diciembre de 2009.-

Atento las constancias de autos, y por no haber comparecido la demandada Mariana Beatriz Retamal, cumplida como se encuentra la publicación de edictos y vencido el plazo señalado al efecto, hago efectivo el apercibimiento decretado y designo al DEFENSOR DE AUSENTES para que lo represente en este proceso, sin perjuicio de que el nombrado funcionario trate de hacer llegar a conocimiento del interesado de la existencia del juicio. En el mismo acto de la aceptación del cargo quedará notificado de la demanda contando con el plazo de CINCO días para oponer excepciones. A tal fin, pasen los presentes al despacho del DEFENSOR OFICIAL.-

Atento la entrada en vigencia de la ley 4142, el presente expediente tramitará bajo las reglas del proceso SUMARÍSIMO.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro