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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39368
Fecha: 2009-12-01
Carátula: MARTIN Francisco S/ Sucesión
Descripción: regulacion 1 y 2 etapa
General Roca, 01 de diciembre de 2.009.-s
Agréguense los informes acompañados y regulo, por las dos primeras etapas los honorarios profesionales del Dr. Roque La Pusata en la suma de $ 424.-, los de la Dra. Adriana G. Rodriguez Carriquiriborde en $530 .- y los de la Dra. Mariela Garabito en la suma de $ 530.- a cargo de la heredera y al Dr. Roque La Pusata en la suma de $ 212.- , los de la Dra. Adriana G. Rodriguez Carriquiriborde en $ 265.- y los de la Dra. Mariela Garabito en la suma de $ 265 .- a cargo de la cónyuge supérstite.- (M.B. $ 22.328,66.- arts. 6, 6 bis 7, 24 y 43 L.A. 2212.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
Previo a regular por la tercera etapa deberá acompañarse libre deudas de la Municipalidad de General Roca y Aguas Rionegrinas.-
NOTIFIQUESE.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro