Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0593/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-03

Carátula: GALIANO MIGUEL C/ CEBALLE MARTA ELICIA S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO

EXPTE. Nº: 0593/2005.-

CARATULA: "GALIANO MIGUEL C/ CEBALLE MARTA ELICIA S/ EJECUTIVO".-

Viedma, noviembre de 2.005.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, sr. Marta Elicia Ceballe como empleado del Ministerio de Salud de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 870 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 104 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del Sr. Juez y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-

Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Manuel Maza y/o Leandro Sferco a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 160 por honorarios y la de $ 710 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

Tiénese presente las personas autorizadas para diligenciar los oficios ordenados.-

a.p.

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro