Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0705/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-03

Carátula: ALVAREZ RAFAEL Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: Caja Forense

Domicilio: Belgrano 80 (const)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ALVAREZ RAFAEL Y OTROS C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO", Expte. Nº 0705/2003, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, noviembre 1 de 2.005.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I. Hacer lugar a la demanda interpuesta a fs. 537/546 por los sres. Rafael Alvarez, Juan Antonio Garces, Susana del Carmen Gimenez y Norma Maris Keller contra el Banco Hipotecario S.A disponiendo la revisión de los contratos de mutuo con garantía hipotecaria que suscribieran los actores con el Banco Hipotecario Nacional y en consecuencia: 1°) anular las cláusulas consignadas en los acuerdos y escrituras que unen a las partes y que faculta al banco modificar la tasa de interés pactada conforme los términos dispuestos en el considerando 4°; 2°) condenar al Banco Hipotecario S.A. a pagar, en el plazo de 10 días, la suma de $ 1.980 al sr. Rafael Alvarez, la suma de $ 11.640 al sr. Juan Antonio Garces, la suma de $ 12.900 a la sra. Susana del Carmen Gimenez y la suma de $ 7.911 a la sra. Norma Maris Keller en concepto de capital e intereses calculados al 30/09/2005, y de allí en más los intereses posteriores a la tasa mix hasta su efectivo pago; desestimando lo demás pedido.-II. Imponer las costas a la parte demandada y regular los honorarios profesionales de las Dres. Ethel Burgos y Paola Bernardini, en conjunto, en la suma de $ 19.110 (coef. 15 % + 40 %), los del Dr. Carlos Marcelo Valverde en la suma de $ 10.192 (coef. 8 % + 40 %), los del perito contador sr. Pablo Guillermo Gonzalez en la suma de $ 4.550 (5 %) con más la de $ 227 (5 %) correspondiente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y los del perito tasador sr. Juan Ernesto Mayer en la suma de $ 1.365 (coef. 1,5 %) (MB: $ 91.002). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869.-III. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, noviembre de 2.005.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro