Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39718

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-30

Carátula: GUEVARA HEINE Luis y MAPFRE ARGENTINA SEGUROS S.A. S/ Homologación

Descripción: Regulación

//neral Roca, 30 de NOVIEMBRE de 2009.=

Proveyendo el escrito de fs. 23, por su actuación, regulo los honorarios de la Dra. Adriana G. Rodriguez Carriquiriborde en la suma de $840.- los de la Dra. Mariela E. Garabito en $2100.- (M.B. $ 35.000.- arts.6, 7 y 19 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.

Previo a lo peticionado en el punto II, cúmplase con la notificación ordenada a fs. 19, 2° párrafo. -

Proveyendo el escrito de fs. 24, téngase presente.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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