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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32518IV
Fecha: 2009-11-30
Carátula: BEINARAVICIUS Raúl c/GARCIA Julio S/ Ejecutivo
Descripción: SE ORDENA MANDAMIENTO.-
//neral Roca, 30 de Noviembre de 2009.-
Por presentado en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-
Al punto 1, líbrese contra el accionado mandamiento de embargo por la suma de $ 1.100 en concepto de capital con más la suma de $ 440 calculados para intereses y costas.-Para su cumplimiento, ofíciese al Sr.Juez de Paz de Ing.Huergo.-
Al punto II, decrétase la inhibición general del accionado para vender y/o gravar sus bienes a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense los respectivos oficios al Registro de la Propiedad Inmueble y del Automotor correspondiente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro