Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 15232-154-09

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-27

Carátula: GIANTURCO HECTOR DAVID / VON THUNGER JULIETA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:15232-154-09

Tomo:

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dr.

2

SAN CARLOS DE BARILOCHE, 27 DE NOVIEMBRE DE 2009

- - -VISTOS: Los autos caratulados: “GIANTURCO Héctor

David c/ VON THUNGER Julieta s/ DAÑOS y PERJUICIOS”,

expte. nro. 15232-154-2009 (reg.cám), luego de haberse

impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J.

Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y

discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual

certifica la Actuaria-;

Y CONSIDERANDO:

A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el art.

1101 del cód. civil

Por ello, la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y

COMERCIAL;

RESUELVE:

1ro.) Solicitar al Juzgado de Instrucción en lo

Criminal y Correccional nº 4, se sirva informar si en la

causa “von THUNGER, Julieta s/ lesiones graves en acc. de

tránsito” se ha dictado resolución definitiva; en cuyo

caso, se requerirá la remisión de dicha causa ad effectum

videndi et probandi.

2do.) Interin, interrúmpanse los plazos para fallar.

Ofíciese.

3ro.) Dejar constancia que el dr. Luis M. Escardó no

suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia;

emitiéndose el fallo conforme las disposiciones de los

arts. 39 y 46 de la Ley Nº 2430 en lo pertinente.-

4to.) Notificar, registrar y protocolizar lo aquí

decidido, disponiendo que oportunamente se practique

nuevo cómputo.-

c.t.

Edgardo J. Camperi Luis M. Escardó Horacio Carlos Osorio

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

Secretario ad hoc de Cámara

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro