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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0526/2005
Fecha: 2009-11-25
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ SOLIS JOSE MAURICIO S/ EJECUTIVO
Descripción: NUEVO APODERADO - EMBARGO - OFICIO BCO
EXPTE. Nº : 0526/2005.-
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ SOLIS JOSE MAURICIO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, noviembre de 2009.-
Atento lo dispuesto en el punto 4° de la Resolución n° 52/09 del S.T.J., avócome al conocimiento de la presente causa.-
Al escrito de fs. 41:
Tiénese presente la renuncia efectuada.-
Al escrito de fs. 44:
Tiénese a la Dra. Carmody por presentada, en el carácter invocado a tenor de la copia del poder acompañado y por constituído el domicilio. Notifíquese.-
Atento lo manifestado y lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado José Mauricio Solís como empleado de "Mattina Hnos. S.A.C." hasta cubrir la suma de $ 1.389,69 en concepto de saldo de capital, con más la suma de $ 900 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empresa empleadora mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Atento el estado y constancias de la causa, déjese sin efecto la forma de percepción de fondos dispuesta a fs. 13, a sus efectos y para que proceda a informar las fechas, montos de los depósitos y extracciones realizadas en la cuenta de autos desde la apertura de la misma y hasta la fecha, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A..-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro