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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00345-039-09
Fecha: 2009-11-24
Carátula: CONSEJO ASESOR INDIGENA (C.A.I.) / PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Descripción: medida
Expediente Nro.00345-039-09
Sres. Jueces:
Vienen estos autos a los fines de resolver lo pertinente sobre la competencia y habilitación de la instancia.
Sin perjuicio de resolver oportunamente sobre la acumulación de acciones pretendida y la competencia contencioso administrativa, resultando necesario contar con la acreditación efectiva de la culminación de los recursos administrativos que señala la actora a fs. 9 como habilitantes de la instancia contenciosa que promueve, cuestión inescindible de la competencia de esta cámara, corresponde que previo a todo se libre oficio a la Provincia de Río Negro, a los fines remita si el estado del trámite administrativo lo permite, las actuaciones señaladas, o acredite en su caso lo pertinente al respecto.
LUIS MARIA ESCARDO
Juez de Cámara
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 24 de Noviembre de 2009
Visto lo solicitado por el sr. vocal, líbrese el oficio pertinente dirigido al sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro, otorgándose un plazo de 20 días para contestar. Oficio, confección, diligenciamiento e impulso, a cargo de la actora. Notifíques.
HORACIO CARLOS OSORIO EDGARDO JORGE CAMPERI
Juez de Cámara Juez de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro