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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0102/2006
Fecha: 2009-11-17
Carátula: MILLANAO AMBROSIO RICARDO C/ VOLKSWAGEN S.A. AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ ORDINARIO
Descripción: MONITORIA EJEC.HONORARIOS -NUEVO-
Viedma, noviembre de 2009.-
AUTOS Y VISTOS: Los caratulados: "MILLANAO AMBROSIO RICARDO C/ VOLKSWAGEN S.A. AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ ORDINARIO" (Expte. n° 0102/2006).
I.- Que se presenta la perito contadora sra.. Juliana Maricel Rossi e inicia ejecución de honorarios.-
II.- Que se encuentran cumplidos los recaudos de procedencia formal previstos por la ley (conf. art. 499 del CPCC) y toda vez que el título es ejecutivo conforme art. 500 inc 3 CPCC, corresponde sin más trámite dictar sentencia monitoria (conf. art. 502 C.Pr.).-
Por ello;
RESUELVO:
1º) Llevar la ejecución adelante contra VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS condenándola a pagar a la perito contadora JULIANA MARICEL ROSSI la suma de $ 654 en concepto de honorarios y la suma de $ 33 por aporte al Consejo Profesional de Ciencias Económicas e intereses al 30-09-09, y de allí en más y hasta su efectivo pago la aplicación de la tasa mix. Con costas al ejecutado (art. 68 CPCC).-
2º) En los términos del art. 505 CPCC hágase saber a la ejecutada que en el plazo de tres días podrá cumplir voluntariamente lo ordenado en el punto 1º) u oponerse a esta sentencia deduciendo las excepciones previstas en el art. 506 Cód. cit., bajo apercibimiento de ley.-
3º) Notifíquese en el domicilio constituido de la ejecutada (art. 505 CPCC) con las correspondientes copias para traslado, con las previsiones y recaudos establecidos en el art. 490 del C. Pr. (arts. 120, 141, 339 y 490 Cód. cit.).-
4º) Regístrese y protocolícese la presente.-
jc
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro