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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0648/2008
Fecha: 2009-11-17
Carátula: GOICOCHEA MIGUEL PEDRO Y COLOS JOSEFA ESLIDA S/ SUCESIONES
Descripción: homologa honorarios-vista Caja Forense
EXPTE. N° 0648/2008
CARATULA: GOICOCHEA MIGUEL PEDRO Y COLOS JOSEFA ESLIDA S/ SUCESIONES
Viedma, noviembre de 2009.-
Agréguese el poder acompañado y tiénese presente.-
Atento lo solicitado a fs. 374, el estado y constancias de autos, homológase el acuerdo de honorarios allí expuesto, quedando establecidos los honorarios del Dr. Conrado Linares en la suma de $ 4.585 y los del Dr. Hernán Linares en la suma de $ 9.170. Notifíquese y dése cumplimiento con la ley 869.-
De la fianza ofrecida córrase vista a la Dirección General de Rentas.-
A lo demás, oportunamente.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro