include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39815
Fecha: 2009-11-17
Carátula: TARJETA NARANJA S.A. c/PAOLINI Pablo Martiniano S/ Ejecutivo
Descripción: Inicio
//neral Roca, 17 de noviembre de 2009.-
Por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.
No siendo título ejecutivo, a la sentencia monitoria solicitada no ha lugar.-
Intímese a la demandada para que dentro del QUINTO día de notificado comparezca al Tribunal a reconocer la firma del documento base de la acción de acuerdo a lo prescripto por el art. 525 del CPC, bajo apercibimiento de dársele por reconocida en caso de incomparecencia. Notifíquese mediante cédula.-
Atento contar el Tribunal con oficial de justicia en esta ciudad, a la designación de Oficial Ad-Hoc solicitada, no ha lugar.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Deposítese en Caja Fuerte la documentación acompañada.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Nota: de haberse depositado documental de fs. 11/16. Conste.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro