Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0526/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-16

Carátula: CIOLINO MARIO DARIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ SUMARISIMO (CANCELACION DE HIPOTECA)

Descripción: DECLARA NEGLIGENCIA -JUEZ ORDENA CERT LA PRUEBA PRODUCIDA

EXPTE. Nº 0526/2008.-

CARATULA: CIOLINO MARIO DARIO C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ SUMARISIMO (CANCELACION DE HIPOTECA).-

Viedma, noviembre de 2009.-

Atento lo peticionado, no habiendo contestado la contraria el traslado conferido ni instado la producción de la prueba pericial y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 46, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba. Notifíquese.-

Atento al estado de las actuaciones, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro