Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39762

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-16

Carátula: CHAVEZ Claudio Andrés c/MOLAR Horacio Daniel y Horizonte Compañia Arg. de Seguros S.A. S/ Ordinario

Descripción: Nota///Inicio

Nota: de haberse recibido los autos "CHAVEZ Claudio Andrés S/ Beneficio de Litigar sin Gastos (Ex 150-JPVR-08)" (Expte. Nro. 39805). Conste.-

Secretaría, 16 de noviembre de 2009.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 16 de noviembre de 2009.-

Téngase presente la nota que antecede.-

De la acción que se deduce que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO, traslado a la demandada por el término de VEINTE días (art. 338 C.P.C.), a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 356 y 357 del Código Citado y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 59 del C.P.C. Notifíquese a cuyo efecto líbrese cédula a Villa Regina.-

Atento lo peticionado y lo dispuesto por el art. 118 de la Ley 17.418, cítese en garantia a HORIZONTE CIA. ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A. a fin de que se presente a hacer valer los derechos acordados por la citada ley en el término de VEINTE días, a cuyo fin y para su notificación líbrese CEDULA DIRECTA a la ciudad de Viedma.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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