Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0465/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-13

Carátula: AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR S.A. C/ LINARES CONRADO S/ ORDINARIO S/ MEDIDA CAUTELAR

Descripción: ordena devolver caución-previo comunica radicación a banco

EXPTE. N° 0465/2009

CARATULA: AUSTRAL LINEAS AEREAS - CIELOS DEL SUR S.A. C/ LINARES CONRADO S/ ORDINARIO S/ MEDIDA CAUTELAR

Viedma, noviembre de 2009.-

Atento lo peticionado, teniendo en cuenta que la caución real fue dispuesta en razón de la medida cautelar de prohibición de innnovar decratada a fs. 9/10 y habiendo la Cámara de Apelaciones resuelto la sustitución de la medida cautelar por la anotación de litis corresponde devolver la suma depositada en tal carácter.-

En su mérito y previo a la extracción de fondos, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. a fin de que proceda a modificar el número de expediente de la cuenta de autos (nº299002231), atento la radicación de la presente causa ante el Juzgado a mi cargo desde el Juzgado Civil nº 1.-

Rosana Calvetti

Juez

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