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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38968
Fecha: 2009-11-12
Carátula: ZUPCICH Alicia S/ Beneficio de Litigar sin Gastos
Descripción: traslado art.81 del CPC.Vista a Rentas.-
//neral Roca, 12 de Noviembre de 2009.-
Por presentado en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-
Atento el estado de autos y previo a lo solicitado, de las pruebas producidas, trasaldo a las partes por el término de CINCO DIAS .- (art.81 del CPC).-
Asimismo, pasen los presentes a RENTAS.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro