Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0489/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-11

Carátula: COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS DE EXPORTACION Y DE CREDITO COMARCA LIMITADA C/ BARTOLO HORACIO ARTURO Y OTRA S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO

EXPTE. No.: 0489/2009

CARATULA:COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS DE EXPORTACION Y DE CREDITO COMARCA LIMITADA C/ BARTOLO HORACIO ARTURO Y OTRA S/ EJECUTIVO

Viedma, noviembre de 2009.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe HORACIO ARTURO BARTOLO como empleado del Consejo de Educación de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 1.458,55 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 185 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.-sucursal Viedma. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

a.p.

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro