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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0894/2008
Fecha: 2009-11-10
Carátula: ALVAREZ NELSON ELADIO C/ GUERRERO LUIS Y OTROS S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA
Domicilio: Moreno 415 Planta baja (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ALVAREZ NELSON ELADIO C/ GUERRERO LUIS Y OTROS S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS ", Expte. Nº 0894/2008, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre 5 de 2.009.- Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 02 de marzo de 2010 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..- Notifíquese por Secretaría.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de noviembre de 2009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro