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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0082/2007
Fecha: 2009-11-09
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZALESKY JUAN JOSE S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: FAVIO IGOLDI
Domicilio: MITRE 168 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ ZALESKY JUAN JOSE S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0082/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, noviembre de 2.009.- Sin perjuicio de la excusación de la suscripta obrante a fs. 415, habiendo vencido el plazo concedido a la Dra. María Imperiale para aceptar el cargo para la que fuera designada, remuévasela del mismo y de acuerdo a lo dispuesto por el art. 22 inc. d) ap. 2º de la Ley Orgánica del Poder Judicial (nº 2430), desígnase como conjuez al Dr. Favio Igoldi de la lista confeccionada por el Superior Tribunal de Justicia correspondiente al corriente año, quien deberá aceptar el cargo, para intervenir en las presentes actuaciones, dentro del plazo de 5 días, bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de noviembre de 2009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro