include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0130/2009
Fecha: 2009-11-09
Carátula: FUENTES MARIA NAZARENA C/ MORON CRISTIAN CARLOS S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA DEMANDADO
C E D U L A
Señor: CRISTIAN CARLOS MORON (Dres. GONZALO LORIENTE y MARTIN LEJARRAGA)
Domicilio: MITRE Nº 265 PISO 1º "A" (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "FUENTES MARIA NAZARENA C/ MORON CRISTIAN CARLOS S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0130/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, noviembre 4 de 2.009.- ...Atento al estado de autos y teniendo en cuenta el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 56, provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber: PRUEBA ACTORA (María Nazarena Fuentes): DOCUMENTAL: Tiénese presente.- INSTRUMENTAL: Líbrese oficio al Juzgado de Familia nº 5 de esta ciudad, a los fines que remita si su estado lo permite y "ad effectum videndi et probandi" los siguientes expedientes: a) "Fuentes María Nazarena c/ Morón Cristina Carlos s/ Divorcio Vincular - Ordinario" (Expte. nº 0149/07 y b) "Fuentes María Nazarena c/ Morón Cristina Carlos s/ Alimentos" (Expte. nº 0310/06).- PERICIA PSICOLOGICA: conforme lo peticionado y teniendo en cuenta lo resuelto por la Cámara de Apelaciones en lo Civil mediante interlocutorio n° 2/05, se ha procedido al sorteo en el libro respectivo de Peritos psicólogos que ha de intervenir en autos, designándose como perito psicólogo a la sra. María Eva Calpakchi, con domicilio en calle Juan Aceto 288 de esta ciudad, quien previo al desempeño de sus funciones deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro de los 3 días de notificada, bajo apercibimiento de remoción. La misma deberá expedirse sobre los puntos de pericia propuestos a fs. 11 y a fs. 49/50, haciéndose saber al perito que deberá contestar los puntos en base a su ciencia y teniendo en cuenta que el objeto de autos radica en la existencia o no de daño moral y presentar el informe pericial en el término de 15 días. Notifíquese.- Tiénese presente el ofrecimiento de consultor técnico de la parte actora a la Lic. en Psicología Luisa Noemí Altschuller.- PRUEBA DEMANDADA (Cristian Carlos Morón): DOCUMENTAL: Tiénese presente.- INSTRUMENTAL: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.- INFORMATIVA: Líbrese oficio al sr. Alejandro Marenco, director del ex Instituto Andino, para que informe si el demandado trabajó para dicho instituto, en caso afirmativo, en qué período, qué actividad realizaba y en qué horarios.- PERICIA PSICOLOGICA: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.- A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 25 de febrero de 2.010 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Daniela Bras, Carla Galvez, Egard Altamirano, Susana Araya, Liliana Navarrete, Marcelo Cristian Meza, Juan Pablo Pereyra y Mauro Alé, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 04 de marzo de 2.010 a las 12:30 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría la presente providencia, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de noviembre de 2009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro