Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31822III

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-02

Carátula: CECCHI Aldo C. c/SANDOVAL Miguel S/ Ejecutivo

Descripción: A cedula

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CEDULA DE NOTIFICACION

CECCHI ALDO CESAR

DR. DANIEL VONA Y GUILLERMO VESCIGLIO

ALEM 1718 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CECCHI ALDO CESAR C/SANDOVAL MIGUEL S/EJECUTIVO” (31.822-III-99) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice:General Roca, 28 de octubre de 2.005.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Daniel Osvaldo Vona y Guillermo Vesciglio en la suma de $15.- y $ 15.- respectivamente. (MB: $ 120.-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja ForenseGlósese la docuemntación original de fs. 5.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 2 de noviembre de 2.005.-

ra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “CECCHI ALDO CESAR C/SANDOVAL MIGUEL S/EJECUTIVO” (31.822-III-99) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice:General Roca, 28 de octubre de 2.005.-Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC,declararo la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Daniel Osvaldo Vona y Guillermo Vesciglio en la suma de $15.- y $ 15.- respectivamente. (MB: $ 120.-) Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja ForenseGlósese la docuemntación original de fs. 5.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 2 de noviembre de 2.005.-

ra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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