Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0321/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-06

Carátula: WEBER EDUARDO HECTOR Y OTRA C/ ALVAREZ RODOLFO ERNESTO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: contesta traslado

EXPTE. N° 0321/2009

CARATULA: WEBER EDUARDO HECTOR Y OTRA C/ ALVAREZ RODOLFO ERNESTO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, noviembre de 2009.-

Proveyendo a fs. 88:

Por contestado el traslado conferido a fs. 87.-

Al escrito de fs. 89:

Por presentada, parte en el carácter de gestor procesal. Hágase saber a la profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

No dándose los supuestos de prueba anticipada, a lo peticionado no ha lugar, debiendo estarse a lo dispuesto a fs. 87.-

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro