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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0321/2009
Fecha: 2009-11-06
Carátula: WEBER EDUARDO HECTOR Y OTRA C/ ALVAREZ RODOLFO ERNESTO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: contesta traslado
EXPTE. N° 0321/2009
CARATULA: WEBER EDUARDO HECTOR Y OTRA C/ ALVAREZ RODOLFO ERNESTO S/ ORDINARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, noviembre de 2009.-
Proveyendo a fs. 88:
Por contestado el traslado conferido a fs. 87.-
Al escrito de fs. 89:
Por presentada, parte en el carácter de gestor procesal. Hágase saber a la profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo de 30 días de conformidad con lo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-
No dándose los supuestos de prueba anticipada, a lo peticionado no ha lugar, debiendo estarse a lo dispuesto a fs. 87.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro