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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0308/2009
Fecha: 2009-11-06
Carátula: VELASQUE LUIS EDUARDO C/ ARMAS RODRIGO Y OTROS S/ EJECUTIVO
Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN MONITORIAS
EXPTE Nº 0308/2009
CARATULA: VELASQUE LUIS EDUARDO C/ ARMAS RODRIGO Y OTROS S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2.009.-
Agréguese la cédula acompañada.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no han sido adjuntadas a la misma las copias pertinentes, y toda vez que la resolución de fs. 22 debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación.-
En consecuencia, deberá librarse nuevas cédulas en debida forma, y en atención a los nuevos domicilios denunciados, modifícase el plazo dispuesto en el punto 3º) de la sentencia dictada en autos, el que será de cinco (5) días .-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro