Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0308/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-06

Carátula: VELASQUE LUIS EDUARDO C/ ARMAS RODRIGO Y OTROS S/ EJECUTIVO

Descripción: NULIDAD NOTIFICACIÓN MONITORIAS

EXPTE Nº 0308/2009

CARATULA: VELASQUE LUIS EDUARDO C/ ARMAS RODRIGO Y OTROS S/ EJECUTIVO

Viedma, noviembre de 2.009.-

Agréguese la cédula acompañada.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula que se agrega no han sido adjuntadas a la misma las copias pertinentes, y toda vez que la resolución de fs. 22 debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación.-

En consecuencia, deberá librarse nuevas cédulas en debida forma, y en atención a los nuevos domicilios denunciados, modifícase el plazo dispuesto en el punto 3º) de la sentencia dictada en autos, el que será de cinco (5) días .-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

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