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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0651/2008
Fecha: 2009-11-06
Carátula: GUGLER EBERHARD C/ PORCEL ELENA S/ DESALOJO
Descripción: AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 SUMARISIMO-Nueva
EXPTE. N° 0651/2008
CARATULA: GUGLER EBERHARD C/ PORCEL ELENA S/ DESALOJO
Viedma, noviembre de 2009.-
Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 18 de febrero de 2.010, a las 10:30 horas a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..-
Notifíquese por Secretaría.-
a.p.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro