Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0201/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-06

Carátula: EPULEF IRIS MABEL C/ GONZALEZ NESTOR FABIAN Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR

EXPTE. Nº 0201/2005.-

CARATULA: EPULEF IRIS MABEL C/ GONZALEZ NESTOR FABIAN Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-

C E R T I F I C O : Conforme lo ordenado a fs. 164, a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA (Epulef)

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INSTRUMENTAL: Producida a fs. 206. Expte nº 2298/03 reservado bajo el registro E-04/07

TESTIMONIAL: De la Sra. Nora Isabel Flores, producida a fs. 186 y del Sr. Francisco Cañumil, producida a fs. 187.-

INFORMATIVA: De ANSES Delegación Viedma, producida a fs. 172 y a fs. 286/292, del Círculo de Kinesiólogos de Viedma, producida a fs. 176; de la Empresa de taxis "El 28000", producida a fs. 212; del Colegio de Psicólogos de Viedma, desistida a fs. 258 y del Registro del Automotor de Viedma, desistida a fs. 217.-

PERICIA MEDICA: Producida a fs. 188/193 y 214/215.-

PERICIA PSICOLOGICA: Producida a fs. 221/229 y 252/253.-

PRUEBA DEMANDADA (González):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INSTRUMENTAL: Expte nº 2298/03, reservado bajo registro E-04/07.-

TESTIMONIAL: Del Sr. Carlos Norberto Biondo, producida a fs. 277/278.-

INFORMATIVA: De la ANSES de Viedma, producida a fs. 286/292.-

PERICIA ACCIDENTOLOGICA: Se declaró su negligencia a fs. 300.-

PERICIA CONTABLE: Producida a fs. 346/390.-

PERICIA MEDICA: Producida a fs. 188/193 y 214/215.-

PERICIA PSICOLOGICA: Producida a fs. 221/229 y 252/253.-

PERICIA OFTALMOLOGICA: Desistida a fs. 294.-

PRUEBA DEMANDADA (Pospisil y Citada en Garantía Sancor Coop. de Seguros Limitada):

DOCUMENTAL: Tiénese presente.

INSTRUMENTAL: Expte nº 2298/03, reservado bajo registro E-04/07.-

TESTIMONIAL: Del Sr. Carlos Norberto Biondo producida a fs. 277/278.-

INFORMATIVA: De la Delegación local de A.F.I.P., producida a fs. 324, de la ANSES, producida a fs. 323; de la Municipalidad de Viedma, producida a fs. 326/331; de la Dirección General de Rentas, producida a fs, 315 y del Hospital "Artémides Zatti" producida a fs. 325, se reserva Historia Clínica bajo el registro E-02/07.-

PERICIA ACCIDENTOLOGICA: Se declaró su negligencia a fs. 336.-

PRUEBA CITADA EN GARANTIA (Liderar Compañia de Seguros S.A)

PERICIA CONTABLE: Producida a fs. 346/390.-

SECRETARIA, noviembre de 2009.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

Viedma, noviembre de 2009.-

Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 495 (t.o. Ley 2208) del C.Pr.. Notifíquese.-

A los fines de un mejor ordenamiento procesal, fórmese segundo cuerpo a partir de la foja 201.-

s.b.s.

Rosana Calvetti

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro