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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0891/2009
Fecha: 2009-11-05
Carátula: LOPEZ MAXIMILIANO C/ GRASO ANGEL GABRIEL S/ EJECUTIVO
Descripción: PROVIDENCIA INICIAL
EXPTE. Nº 0891/2009
CARATULA: LOPEZ MAXIMILIANO C/ GRASO ANGEL GABRIEL S/ EJECUTIVO
Viedma, noviembre de 2.009.-
Por presentado, parte y por constituído el domicilio.-
Atento la naturaleza ejecutiva de la acción, imprímase a las actuaciones el trámite correspondiente a los juicios ejecutivos (arts. 520 y sgts. Código Procesal).-
Agréguese la documentación acompañada y resérvese la original en Secretaría.-
Hágase saber que la reposición de aportes y sellados faltantes por Impuesto de Justicia: $ 146 y Aporte al Colegio Abogados: $ 12 se ordena con cargo de rendición de cuentas por parte del letrado interviniente oblando en la etapa procesal oportuna los importes liquidados "ut supra" en tales conceptos en el correspondiente formulario de declaración jurada de apertura a juicios con el sello de intervención de la entidad bancaria y acompañarlo a autos, todo ello bajo apercibimientos de ley y de conformidad a lo dispuesto por Acordada 10/03 STJ Anexo 1, art. 6, Acordada 50/03 STJ art. 10, Ley 2716 arts. 13, 15 y 18 2° párrafo y art. 158 Ley 2430).-
s.b.s.
Rosana Calvetti
Juez
NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro L-12/09. Conste.-
Secretaría, noviembre de 2009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro