Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0889/2009

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-05

Carátula: FAZOLARI DANIELA VANESA C/ RUIZ CORNELIO ALBERTO S/ ALIMENTO S/ INCIDENTE DE MODIFICACION DE CUOTA ALIMENTARIA

Descripción: INCIDENTE

EXPTE. Nro. 0889/2009

CARATULA: FAZOLARI DANIELA VANESA C/ RUIZ CORNELIO ALBERTO S/ ALIMENTO S/ INCIDENTE DE MODIFICACION DE CUOTA ALIMENTARIA

Viedma, noviembre de 2.009.-

Por presentada, parte y constituido el domicilio.-

Agréguese la documentación acompañada y teniendo a la vista las actuaciones principales, certifíquense por Secretaría.-

Por iniciado incidente de modificación de Cuota Alimentaria que tramitará por las disposiciones establecidas en el art. 175 y sgtes. del Código Procesal Civil y Comercial, córrase traslado al sr. Cornelio Alberto Ruiz por el término de cinco (5) días. Notifíquese dentro del plazo y bajo el apercibimiento dispuesto en el art. 180 del Código citado.-

Dése intervención a la sra. Defensora de Menores y a los efectos que se expida con relación al pedido de fijación de alimentos provisorios, córrasele vista pasando las actuaciones a su despacho.-

Déjese debida constancia de la iniciación del presente en las actuaciones principales caratuladas: "Fazolari Daniela Vanesa C/ Ruiz Cornelio Alberto S/ Alimentos" (Expte. Nº 0423/98/5).-

jc

Rosana Calvetti

Juez

NOTA: De haberse dejado constancia en el Expte. Nº 423/98/5 "Fazolari Daniela Vanesa C/ Ruiz Cornelio Alberto S/ Alimentos" y de haberse certificado las pertinentes piezas, todo ello conforme lo ordenado precedentemente. Conste.-

Secretaría, noviembre de 2009.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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