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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0117/2004
Fecha: 2009-11-03
Carátula: SASSENBERG JUAN WOLFGANG C/ ZUNZUNEGUI CARLOS ALBERTO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: aclara - notificar
EXPTE. Nº 0117/2004.-
CARATULA: SASSENBERG JUAN WOLFGANG C/ ZUNZUNEGUI CARLOS ALBERTO S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS).-
Viedma, noviembre de 2.009.-
Atento lo expuesto y toda vez que la medida cautelar solicitada a fs. 56/57 es sobre derechos y acciones que el ejecutado tenga sobre el bien inmueble denunciado, corresponde notificar al mencionado respecto al embargo decretado conforme lo dispuesto en la parte resolutiva de la sentencia dictada a fs. 58 (pto. 3º), revocándose por contrario imperio el libramiento de oficio al Registro de la Propiedad Inmueble ordenado en el considerando III de la mencionada resolución.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro