Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37714

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-03

Carátula: CREDIL S.R.L. c/URIBE Lucas Daniel S/ Ejecutivo

Descripción: se ordena levantamiento de embargo.-

//neral Roca, 03 de Noviembre de 2009.-

Téngase presente la conformidad prestada por Rentas.-

En atención a lo peticionado por la letrada apoderada de la parte actora a fs.184, procédase al levantamiento del embargo oportunamente trabado en autos a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio a la empleadora.-

Acompáñese informe de saldo actualizado para la posterior entrega del remanente en favor del demandado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro