Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1158/01/6

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-01

Carátula: PANTANO OSCAR C/ RAMIREZ ALBERTO Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Descripción: CLAUSURA DE PRUEBA

EXPTE. Nº 1158/01/6

AUTOS: PANTANO OSCAR C/ RAMIREZ ALBERTO Y OTROS S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)

Viedma, noviembre de 2.005.-

Tiénese presente.-

Atento lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Alejandro J.E. Moldes

Juez

Señor Juez:

Conforme a lo ordenado precedentemente, certifico que el término probatorio se encuentra vencido y que se han producido en autos, las siguientes pruebas que obran en los folios que se mencionan:

PRUEBA ACTORA:

DOCUMENTAL: Tiénese presente.-

INFORMATIVA: al Registro de la Propiedad Automotor respecto al dominio BZV 719 obrante a fs. 113/114 y con relación al dominio WPI 338 obrante a fs. 110/111.-

CONFESIONAL: del sr. Alberto Damasceno Ramírez a fs. 104 y del sr. Juan Carlos Herrero a fs. 106.-

TESTIMONIAL DE RECONOCIMIENTO: Del comercio cerrajería "RT" desistida a fs. 138, de Rocachap obrante a fs. 135 y de taller "La Plata" obrante a fs. 102.-

TESTIMONIAL: del sr. Julián San Martín a fs. 120, del sr. Omar Moller desistida a fs. 121 y del sr. Ricardo Jortac desistida a fs. 116.-

Secretaría, noviembre de 2.005.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, noviembre de 2.005.-

Atento a la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y de conformidad con lo previsto por el art. 495 del C. Pr. pónganse las actuaciones para alegar. Notifíquese.-

Alejandro J.E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro