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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0464/2005
Fecha: 2005-11-01
Carátula: MILER APOLINARIO ALBERTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: ART. 85 CPCC
EXPTE Nº 0464/2005
CARATULA: MILER APOLINARIO ALBERTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.-
En la ciudad de Viedma, a los 1 días del mes de noviembre de 2.005, siendo las 9,00 horas comparece a la sede de este Juzgado y en estos autos, Apolinario Alberto Miler, DNI Nº 10.195.439. Abierto el acto por la Actuaria y explicado que fue el motivo del mismo, el compareciente manifiesta que encontrándose en trámite el beneficio de litigar sin gastos para iniciar la demanda por daños y perjuicios, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 85 del C.P.C.C., expresa que desea hacerse representar por abogado de la matrícula, cuya designación será ejercida por la Dra. Patricia Ariela Falca, a los fines de la tramitación de los juicios de beneficio de litigar sin gastos y daños y perjuicios. Con lo que terminado el acto, firma el compareciente, previa lectura y ratificación de la presente, por ante mí de lo que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro