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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0621/2005
Fecha: 2005-11-01
Carátula: CASELLA LEDA ALICIA C/ LENCURA CARLOS ALBERTO S/ EJECUTIVO
Descripción: PAGARE - RECHAZO IN LIMINE
EXPTE. Nº : 0621/2005.-
CARATULA: "CASELLA LEDA ALICIA C/ LENCURA CARLOS ALBERTO S/ EJECUTIVO".-
Viedma, noviembre de 2005.-
Por presentado, parte y constituído el domicilio.
Agréguese la documentación que se acompaña y resérvese en Secretaría la original.-
Atento que el documento base de la presente acción carece del lugar de creación, recházase la ejecución intentada, conforme lo previsto por los arts. 101 inc.6) y 102 del decreto ley 5965/63, y devuélvase a su presentante, dejando debida constancia en la referida letra de cambio y en autos.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro: C-76/05. Conste.-
SECRETARIA, noviembre de 2.005.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro