Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0621/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2005-11-01

Carátula: CASELLA LEDA ALICIA C/ LENCURA CARLOS ALBERTO S/ EJECUTIVO

Descripción: PAGARE - RECHAZO IN LIMINE

EXPTE. Nº : 0621/2005.-

CARATULA: "CASELLA LEDA ALICIA C/ LENCURA CARLOS ALBERTO S/ EJECUTIVO".-

Viedma, noviembre de 2005.-

Por presentado, parte y constituído el domicilio.

Agréguese la documentación que se acompaña y resérvese en Secretaría la original.-

Atento que el documento base de la presente acción carece del lugar de creación, recházase la ejecución intentada, conforme lo previsto por los arts. 101 inc.6) y 102 del decreto ley 5965/63, y devuélvase a su presentante, dejando debida constancia en la referida letra de cambio y en autos.-

s.b.s.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro: C-76/05. Conste.-

SECRETARIA, noviembre de 2.005.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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