Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39364

N° Receptoría:

Fecha: 2009-11-02

Carátula: GARCIA LOZANO Julia S/ Sucesión

Descripción: regulación.-

//neral Roca, 02 de Noviembre de 2009.-

Agréguese y téngase presente.-

En atención a lo peticionado y estado de autos y por la (1ra. 2 da. y 3ra etapas) regulo los honorarios profesionales del Dr. MIGUEL PARRA SEGURA en suma de $1.350.- a cargo de los herederos y en la suma de $675.-a cargo del cónyuge supérstite.- MB: $ 18.000.- (arts.6, 6, 24 y 43 Ley 2212 RN).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (ats.6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-

Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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